Fiscalidad local

IBI en Murcia 2026: cuándo se paga, cuánto y quién lo paga al vender

Respuesta rápida

En el municipio de Murcia, el IBI urbano de 2026 se paga del 1 de mayo al 6 de julio (domiciliado, el 1 de junio) y el rústico del 1 de septiembre al 5 de noviembre. El recibo es la base liquidable por el 0,7115 % en urbana o el 0,7363 % en rústica. Lo paga quien era titular el 1 de enero.

IBI en Murcia 2026: fechas, cálculo, bonificaciones y reparto al vender

Caso ilustrativo

Es 1 de junio, poco después de las nueve. Carmen está en la cocina de su piso de Vista Alegre, con el café a medio terminar, cuando el móvil vibra: «Cargo en cuenta: Ayuntamiento de Murcia, 426,90 €».

Deja la taza en la encimera. Piensa: «¿Otra vez? ¿Y de dónde sale esa cifra exacta?». Busca el recibo del año pasado en el correo, no lo encuentra y escribe en el buscador lo mismo que miles de vecinos cada primavera: «IBI Murcia».

La cifra no es un capricho. Sale de una multiplicación que cabe en una línea, y saber hacerla le permite comprobar su recibo, pedir la bonificación que le corresponda y no llevarse sorpresas el día que venda.

En esta página tiene el calendario de 2026 con el día de hoy marcado, una calculadora con los tipos oficiales del Ayuntamiento, las bonificaciones que hay que pedir (y hasta cuándo), qué ocurre si se paga tarde y cómo se reparte el recibo cuando se vende una vivienda. Los datos proceden de la ordenanza fiscal del IBI y de la Agencia Municipal Tributaria de Murcia.

¿Cuándo se paga el IBI en Murcia en 2026?

El Ayuntamiento de Murcia cobra el IBI en dos momentos del año. El urbano (pisos, casas, locales y garajes) se paga del 1 de mayo al 6 de julio de 2026. El rústico (fincas y terrenos de cultivo) llega después: del 1 de septiembre al 5 de noviembre de 2026.

Si tiene el recibo domiciliado, no tiene que hacer nada: el banco lo carga en la fecha fijada. Si no lo está, debe pagarlo dentro de esas fechas. Para obtener el documento de pago o resolver dudas sobre su recibo, la Agencia Municipal Tributaria atiende en el 968 355 002.

Los recibos domiciliados de más de 60 € pueden pagarse en plazos: dos o cuatro en el urbano y dos en el rústico. Este es el calendario completo, y debajo puede ver en qué punto estamos hoy:

Calendario del IBI en el municipio de Murcia, 2026
ReciboFechas 2026
IBI urbano: periodo de pagoDel 1 de mayo al 6 de julio
Urbano domiciliado, un cargo1 de junio
Urbano en dos plazos1 de junio y 20 de octubre
Urbano en cuatro plazos4 de mayo, 1 de junio, 2 de octubre y 20 de noviembre
IBI rústico: periodo de pagoDel 1 de septiembre al 5 de noviembre
Rústico domiciliado, un cargo16 de octubre
Rústico en dos plazos16 de septiembre y 16 de octubre

Los plazos exigen recibo domiciliado de más de 60 €; el rústico no admite cuatro plazos. Fuente: Agencia Municipal Tributaria de Murcia, calendario del contribuyente 2026.

Cuánto pagará: el cálculo, en una línea

Recibo = base liquidable × tipo de gravamen. La base liquidable es el valor catastral después de las reducciones que pueda tener su inmueble, y las dos cifras aparecen en el recibo. Si solo localiza el valor catastral, el cálculo le dará una cifra igual o algo superior a la real, porque las reducciones solo pueden bajarla.

El tipo lo fija cada ayuntamiento. En Murcia, para 2026, la ordenanza fiscal establece estos tres:

Tipos del IBI en el municipio de Murcia, 2026
Tipo de inmuebleTipo de gravamenCon 100.000 € de base
Urbano: viviendas, locales, garajes0,7115 %711,50 €
Rústico: fincas y terrenos0,7363 %736,30 €
Características especiales1,30 %1.300,00 €

Fuente: ordenanza fiscal 3.1 del Ayuntamiento de Murcia, artículo 3. Los bienes de características especiales son grandes instalaciones (presas, autopistas, aeropuertos); no afectan a particulares.

Dónde está cada dato en su recibo y en el Catastro

El recibo del IBI tiene pocos datos, pero cada uno sirve para algo. Estos son los que conviene saber leer:

  • Referencia catastral: el código de 20 caracteres que identifica su inmueble. Con él se consulta todo lo demás.
  • Valor catastral: el valor administrativo que fija el Catastro. Suele quedar muy por debajo del precio al que se vendería la vivienda.
  • Base liquidable: el valor catastral después de reducciones. Es la cifra sobre la que se aplica el tipo.
  • Tipo de gravamen: el porcentaje que aprueba el Ayuntamiento (0,7115 % en urbana en 2026).
  • Bonificaciones: si tiene alguna concedida, aparece restada antes del importe final.

Bonificaciones del IBI en Murcia: cuáles hay y hasta cuándo pedirlas

Caso ilustrativo

Diciembre, por la tarde. Antonio y Lucía acaban de recibir el título de familia numerosa. Lucía lo deja sobre la mesa del salón: «Esto ya nos baja el IBI del año que viene, ¿no?».

Antonio duda. «Creo que hay que pedirlo. Y no sé si vale pedirlo en enero».

No vale. En Murcia la bonificación se solicita antes del 1 de enero del año en que quiere que se aplique. Si la piden el 2 de enero, ese año pagarán el recibo entero. La diferencia, en su caso, eran unos cientos de euros por haber dejado un papel para después de las fiestas.

La bonificación por familia numerosa se aplica a la vivienda habitual, entendida como aquella en la que está empadronada la mayoría de la familia y al menos uno de los progenitores. El porcentaje depende del valor catastral y de la categoría del título:

  • Se mantiene cada año sin volver a pedirla, mientras no cambien las condiciones. Si cambia de vivienda habitual, hay que solicitarla de nuevo.
  • Con progenitores separados o divorciados y custodia compartida, cada uno recibe la mitad del porcentaje en la vivienda que sea su residencia habitual.
  • Hay que estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
  • Viviendas de protección oficial: 50 % durante el año siguiente a que termine la bonificación que fija la ley.
  • Promotoras y constructoras: 90 % sobre los inmuebles en obra que no formen parte de su inmovilizado, pidiéndolo antes de empezar las obras y durante tres ejercicios como máximo.
  • Parcelas de la huerta: 75 % para terrenos clasificados como suelo urbano especial RL que se mantengan cultivados durante tres años seguidos, o arrendados a través del Banco de Tierras de la Huerta. Se solicita antes del 31 de diciembre del año anterior.
  • Si coinciden varias bonificaciones, se aplica primero la mayor y, sobre lo que queda, la siguiente.
Bonificación por familia numerosa en el IBI de Murcia
Valor catastral de la vivienda habitualCategoría generalCategoría especial
Hasta 45.000 €60 %90 %
De 45.001 a 80.000 €55 %85 %
De 80.001 a 100.000 €50 %80 %
De 100.001 a 150.000 €45 %75 %
Más de 150.000 €40 %70 %

Fuente: ordenanza fiscal 3.1 del Ayuntamiento de Murcia, artículo 5.1.

IBI rústico en Murcia 2026: plazos, tipo y bonificaciones

El IBI rústico grava fincas y terrenos rústicos. En Murcia tiene su propio tipo (0,7363 %) y su propio calendario: del 1 de septiembre al 5 de noviembre de 2026, con cargo único el 16 de octubre si está domiciliado, o en dos plazos el 16 de septiembre y el 16 de octubre si el recibo supera los 60 €.

El Ayuntamiento puede reunir en un solo recibo todas las cuotas rústicas de un mismo titular, así que si tiene varias parcelas es normal recibir una única carta.

Un matiz que confunde a menudo: la bonificación del 75 % para la huerta no es para fincas rústicas, sino para parcelas clasificadas como suelo urbano especial RL que se siguen cultivando. Si su parcela está en la huerta y paga IBI urbano, merece la pena comprobar si la cumple.

Qué pasa si no paga a tiempo: los recargos, escalón a escalón

Pasado el último día del periodo voluntario, el recibo entra en periodo ejecutivo. El recargo depende de cuándo pague, y cada escalón es más caro que el anterior:

  • Si la deuda sigue sin pagarse, el Ayuntamiento puede embargar cuentas, sueldos u otros bienes, incluida la propia vivienda.
  • Si el cargo domiciliado se devuelve por falta de saldo, el recibo queda sin pagar: compruebe la cuenta unos días antes de la fecha de cargo.
Recargos del periodo ejecutivo sobre un recibo de 426,90 €
Cuándo pagaRecargoTotal
Dentro del periodo voluntario0 %426,90 €
Fuera de plazo, antes de recibir la providencia de apremio5 %448,25 €
Tras la providencia, dentro del plazo que esta indica10 %469,59 €
Después de ese plazo20 % e intereses de demora512,28 € e intereses

Fuente: artículo 28 de la Ley General Tributaria.

Si vende o compra: quién paga el IBI y cómo se reparte

Caso ilustrativo

Una notaría del centro de Murcia, un martes de septiembre. Javier está a punto de firmar la compra de su primer piso, en Santa María de Gracia. La notaria levanta la vista del expediente: «Consta un recibo del IBI del año pasado sin pagar. Si no se paga, responde la vivienda, aunque desde hoy sea suya».

Javier mira al vendedor. El vendedor mira su móvil. Nadie había hablado de eso.

Se resolvió en la misma mesa: el importe se descontó del precio. Pero si nadie lo hubiera advertido, Javier habría comprado también una deuda que no era suya.

El IBI se devenga el 1 de enero: quien es titular ese día es quien debe el recibo de todo el año ante el Ayuntamiento. Aunque venda en marzo, el recibo de ese año sigue siendo del vendedor.

Entre comprador y vendedor, el reparto es otra cosa. El Tribunal Supremo (sentencia de 15 de junio de 2016) estableció que, salvo pacto en contrario, el vendedor que paga el IBI puede repercutir al comprador la parte proporcional al tiempo en que este ya es propietario. Por eso lo habitual es dejarlo resuelto en la escritura, repartido por días.

Y lo más importante para quien compra: el inmueble queda afecto al pago de los recibos del IBI no prescritos, aunque correspondan al anterior propietario. El notario pide esa información al Ayuntamiento y advierte a las partes, pero conviene pedir al vendedor los últimos recibos pagados antes de llegar a la firma.

Para calcular el reparto exacto, indique en la calculadora de aquí abajo el importe anual del recibo y la fecha de la escritura. Verá cuánto corresponde a cada parte, por días, y podrá descargar un documento PDF con el cálculo, el criterio legal y una redacción orientativa de la cláusula, con los importes en letra. Sirve para inmuebles de cualquier municipio y los datos no salen de su dispositivo.

El IBI en otros municipios de la Región de Murcia

Cada ayuntamiento aprueba su propio tipo y su propio calendario. Las cifras de esta página son las del municipio de Murcia; si tiene inmuebles en Cartagena, Lorca, Molina de Segura u otro municipio, consulte la ordenanza fiscal de ese ayuntamiento.

La lógica sí es la misma en todos: se paga sobre el valor catastral, con el tipo que fije cada consistorio, y lo debe quien es titular el 1 de enero.

Seis errores que salen caros

  • Pedir la bonificación de familia numerosa en enero: llega tarde para ese año y se aplica desde el siguiente.
  • Cambiar de vivienda habitual y no volver a pedirla: la bonificación se pierde.
  • Dejar la cuenta domiciliada sin saldo el día del cargo: el recibo queda sin pagar y empiezan los recargos.
  • Comprar sin preguntar por recibos pendientes: la vivienda responde de los IBI no prescritos del anterior propietario.
  • Vender sin pactar el IBI en la escritura: la ley permite reclamar la parte proporcional, pero hacerlo después siempre es más incómodo.
  • No revisar los datos del Catastro: una superficie mal registrada se paga de más todos los años.

El IBI no le dice cuánto vale su vivienda

El valor catastral sirve para calcular impuestos, no para vender. Suele quedar muy por debajo del precio de mercado, y fijar un precio de venta a partir de él es uno de los errores más caros que vemos.

Si está pensando en vender, el comprador le preguntará por el IBI: tener los recibos al día y saber explicar su importe transmite confianza. Y para el precio, lo útil es una valoración con datos de su zona: en vender piso en Murcia tiene el valor tasado oficial por municipio, y en Promurcia hacemos una valoración orientativa gratuita, por escrito, en 24-48 horas y sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo pagar el IBI en Murcia sin recargo en 2026?

El IBI urbano, hasta el 6 de julio de 2026 (domiciliado, se carga el 1 de junio). El IBI rústico, hasta el 5 de noviembre de 2026 (domiciliado, el 16 de octubre). Después, el recibo entra en periodo ejecutivo y se aplican recargos del 5 %, el 10 % o el 20 %.

¿Cómo se calcula el IBI en Murcia?

Multiplicando la base liquidable que figura en el recibo por el tipo de gravamen: 0,7115 % en inmuebles urbanos y 0,7363 % en rústicos en 2026. Por ejemplo, una vivienda con 60.000 € de base paga 426,90 € al año, antes de bonificaciones.

¿Puedo fraccionar el IBI en Murcia?

Sí, si el recibo está domiciliado y supera los 60 €. El urbano admite dos plazos (1 de junio y 20 de octubre de 2026) o cuatro (4 de mayo, 1 de junio, 2 de octubre y 20 de noviembre). El rústico admite dos (16 de septiembre y 16 de octubre).

¿Cuándo hay que pedir la bonificación de familia numerosa del IBI en Murcia?

Antes del 1 de enero del año en que quiera que se aplique. Va del 40 % al 90 % según el valor catastral de la vivienda habitual y la categoría del título, se mantiene cada año si no cambian las condiciones y hay que volver a pedirla si cambia de vivienda.

¿El IBI lo paga el comprador o el vendedor?

Ante el Ayuntamiento, el recibo del año es de quien era titular el 1 de enero, normalmente el vendedor. Entre las partes, el Tribunal Supremo admite que el vendedor repercuta al comprador la parte proporcional al tiempo que este ya es propietario, salvo que se pacte otra cosa. Lo habitual es repartirlo por días en la escritura.

¿Cómo se refleja el reparto del IBI en la escritura?

Con una cláusula en la que las partes acuerdan distribuir el recibo del año en proporción al tiempo de titularidad, indicando el importe que corresponde a cada una y, si el vendedor ya lo pagó, la cantidad que el comprador le reintegra en el acto. Lo habitual es repartir por días naturales e imputar el día de la firma al comprador. La calculadora de esta página genera esa redacción orientativa en un documento PDF.

¿Qué pasa si compro una vivienda con recibos del IBI pendientes?

La vivienda queda afecta al pago de los recibos del IBI no prescritos, aunque sean del anterior propietario. El notario solicita la información y lo advierte en la firma, pero conviene pedir antes los últimos recibos pagados y, si hay deuda, descontarla del precio.

¿Dónde consulto el valor catastral de mi vivienda?

En su recibo del IBI o en la Sede Electrónica del Catastro, identificándose como titular con Cl@ve o certificado digital. Si algún dato está mal, como la superficie, puede pedir al Catastro que lo corrija.

¿Va a vender y quiere saber cuánto vale su vivienda?

El IBI le dice lo que paga, no lo que vale. En Promurcia le hacemos una valoración orientativa gratuita, por escrito, en 24-48 horas y sin compromiso, con datos reales de su zona.

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